Confirmado por la ley de bienestar animal: te están metiendo miedo sobre las multas por usar correa de paseo o no con tus animales

La norma, en vigor desde 2023, veta inmovilizar a un animal en un punto fijo y dejarlo atado sin supervisión en la calle, con sanciones desde 500 euros. Pero hay dudas de su alcance 

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Irene y Victor

Editor
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Irene y Victor

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Atar al perro a una cadena en la finca, dejarlo amarrado a la puerta del supermercado o tenerlo siempre en el balcón son prácticas que la Ley de Bienestar Animal limita desde hace tres años. No es una novedad: la Ley 7/2023 entró en vigor el 29 de septiembre de 2023. Lo que sigue sin estar claro para muchos propietarios es qué prohíbe exactamente, a quién no se aplica y cuánto cuesta incumplirla.

Qué prohíbe exactamente

La ley contiene dos prohibiciones distintas sobre animales atados, y conviene no mezclarlas.

  • La primera está en el artículo 25, que se aplica a todos los animales de compañía y a los silvestres en cautividad, no solo a perros y gatos. Su letra l) prohíbe usar cualquier artilugio, mecanismo o utensilio destinado a limitar o impedir la movilidad del animal en un punto fijo. La única excepción es la prescripción veterinaria que atienda a su bienestar. Es la norma que afecta a la cadena o la cuerda permanente. No afecta a la correa del paseo.
  • La segunda está en el artículo 27, específico para animales de compañía. Su letra d) prohíbe mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial de la persona responsable. Es decir, aquí entraría el caso del perro amarrado a una farola mientras su dueño hace la compra. La letra f) añade la prohibición de llevarlos atados a vehículos a motor en marcha. Sí, aun tenemos que entrar a regular casos así. 

Una redacción duplicada que genera dudas

La norma se ha escrito de forma mejorable y eso dificulta entender algunos casos. Por ejemplo, el artículo 25 repite la misma prohibición dos veces. La letra n) reproduce la letra l) casi palabra por palabra, pero sin la referencia al punto fijo. Leída de forma literal, vetaría cualquier utensilio que limite la movilidad, lo que incluiría correas, arneses o transportines. Ninguna administración la aplica así, y las ordenanzas municipales suelen exigir precisamente que el perro vaya atado en la vía pública. Es un defecto de técnica legislativa que nadie ha corregido en tres años.

Balcones, terrazas y tiempo a solas

La ley no prohíbe que un perro o un gato esté en el balcón. Lo que prohíbe el artículo 27.e) es mantenerlos allí de forma habitual. La lista incluye terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares, además de vehículos. El matiz es decisivo: un rato al sol en la terraza es legal; vivir en ella, no.

El mismo artículo fija los límites de tiempo sin supervisión: 24 horas consecutivas para los perros y tres días consecutivos para el resto de animales de compañía.

Cuánto cuesta incumplirla

El artículo 76 fija tres tramos de sanción:


Infracción

Sanción

Leve

Apercibimiento o multa de 500 a 10.000 €

Grave

Multa de 10.001 a 50.000 €

Muy grave

Multa de 50.001 a 200.000 €

El tramo depende sobre todo del daño causado. Según el artículo 73, incumplir una prohibición sin provocar daños físicos ni alteraciones de comportamiento en el animal es infracción leve. Si la conducta implica daño o sufrimiento, pasa a grave. Tener al perro atado en un punto fijo, por tanto, parte de los 500 euros y puede superar los 10.000 si el animal ha sufrido.

La gran polémica: a quién no se aplica

Lo más relevante lo encontramos en las excepciones que hace el artículo 1. La ley excluye de su ámbito a los perros de caza, las rehalas y los animales auxiliares de caza, así como a los perros pastores y de guarda del ganado. También quedan fuera los animales de actividades profesionales, como los de rescate o los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Ha sido una parte muy contestada por las asociaciones animalistas y por quienes buscan la protección del bienestar animal. Gran parte de los perros que tradicionalmente viven encadenados en fincas y explotaciones no están cubiertos por esta prohibición. Su protección depende de la normativa europea, estatal y autonómica que les corresponda.

Atado y desatendido es abandono

Para los animales que sí están cubiertos, la ley va más allá de la sanción leve. Su artículo 3 considera abandonado al animal que permanece atado o dentro de un recinto o finca sin que se atiendan sus necesidades básicas. Y el abandono es infracción grave, con multa mínima de 10.001 euros.

Quién multa... y por qué no siempre se está multando de verdad

La ley es estatal, pero no la aplica el Estado. El procedimiento sancionador corresponde a las comunidades autónomas y a las entidades locales, de modo que la intensidad con la que se persiguen estas conductas varía mucho de un territorio a otro.

Las sanciones existen. En Ceuta, la Consejería de Sanidad multó con 1.500 euros a un propietario por tres infracciones leves relacionadas con las condiciones en que mantenía a su perro, según El Faro de Ceuta. En junio de 2026, el Ayuntamiento de Ibiza incoó diez expedientes por abandono por un total de 100.010 euros, el mínimo legal de 10.001 euros por caso, según Periódico de Ibiza. El consistorio las presentó como sus primeras sanciones en esta materia desde la entrada en vigor de la norma.

Si el animal vive fuera

La ley no obliga a tener al animal dentro de casa. Para los que deban alojarse en espacios abiertos, el artículo 28 exige cuatro condiciones:

  • Una estancia que lo proteja de las inclemencias del tiempo.
  • Que no quede expuesto de forma prolongada al sol directo, la lluvia o el frío extremo.
  • Dimensiones acordes a su tamaño y necesidades.
  • Acceso a agua y comida, y condiciones higiénicas adecuadas.

Lo que sigue sin desarrollar

Tres años después, la ley continúa incompleta. El reglamento que debe desarrollar 25 de sus artículos salió a audiencia pública entre el 26 de junio y el 16 de julio de 2025 y, según la última información localizada, seguía en tramitación. De él dependen el curso obligatorio para tener perro y la cuantía del seguro de responsabilidad civil. Las prohibiciones sobre animales atados, en cambio, no necesitan reglamento: se aplican desde el primer día.

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